El ¿fraude? del coaching

Artículo 386 del Código Penal Federal.- Comete el delito de fraude el que engañando a uno o aprovechándose del error en que éste se halla se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido.

Engañar no es trabajar

Hace unos días, en redes sociales, estalló una conversación en la que el objetivo central de esas pláticas o críticas era un coach de apellido Muñoz, quien en su intento de arengar y ejemplificar esa mentalidad cercana a “el pobre es pobre porque quiere”, arremetió contra un mesero que se encontraba en el mismo salón cuyo único pecado era estar en ese hostil lugar frente a una persona que vive de presionar a su auditorio para que inviertan en algo que ni conocen ni tienen los recursos para ello.

Como remembranza, les platico que antes de estudiar Derecho, curse la Licenciatura en Ciencias de la Comunicación en mi querida y hoy vilipendiada (oficiosamente) UNAM. A pesar de aprobar todos los créditos con calificaciones de excelencia, aprobar el idioma requerido y cumplir con el servicio social como requisito, hasta hoy me he rehusado a titularme por no encontrar un propósito adecuado para esa carrera universitaria, siendo mi bandera crítica la falta de una base teórica y nulo rigor metodológico que permita hacer de esa profesión algo útil. Ninguna clase se apegaba a la comunicación, los maestros se aferraban a la sociología o filosofía (cuando se aferraban a algo) y las herramientas nunca aparecieron, lo cual me impedía sentir que en el campo laboral podría aportar algo.

Certificar o Licenciar

Siempre he creído que la certificación debe avalarse con conocimientos sólidos para no sentir que estamos engañando a nuestros interlocutores, sin embargo, últimamente el aspecto académico y de capacitación se ha elevado a destajo, de tal manera que los profesionistas a vapor pululan con todo lo que ello implica. Si las escuelas con poco rigor han aumentado, los cursos que hacen expertos brotan por todos lados y eso ha provocado que, de la noche a la mañana, tengamos coaches de carrera, de vida, de salud, de finanzas y de muchas otras materias que en un curso intensivo de un mes quedan listos para salir a “aconsejar” personas. Sí, de repente podemos ver a ese amigo que no ha resuelto sus problemas psicológicos como coach de vida…¡válgame!

Y en esa parte se concentra el tema de esta columna. Como pudieron observar, comencé con la cita del Código Penal Federal en donde se tipifica el delito de Fraude. Un tipo penal se compone de diversos elementos que deben ser cumplidos a cabalidad para que el delito sea procedente y, en ese caso, podemos desagregarlos en lo siguiente:

– Engañar o aprovecharse del error de una persona, como una acción por parte del sujeto activo.

– Hacerse ilícitamente de una cosa u obtener un lucro indebido.

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La venta de humo

Ustedes, lectores, como publicistas saben que no pueden ofrecer resultados inciertos, ya que una campaña puede tener logros dependiendo de las circunstancias y la coyuntura, sin embargo, en su contrato – que espero que si hagan – señalan qué incluye esa campaña y, en dado caso, los resultados esperados sin comprometerse a ello plenamente. Como abogado, yo le señalo al cliente la elaboración de documentos, demandas y defensa legal, pero nunca garantizando al 100 por ciento que la sentencia le será favorable porque ello depende de muchos factores que escapan al profesionista. A esa claridad se le llama ética profesional.

Y ahí rememoro aquel instante en que un despacho de abogados se me acercó y me garantizó que en 4 meses mi facturación aumentaría en un 4 por ciento y que en un año mi facturación mensual sería de 4 millones de pesos. Ello a través de su asesoramiento y servicios de “coaching jurídico” que tenía un costo de 25 mil pesos. A pregunta expresa si esa garantía de aumento en mis ingresos se encontraba contractualmente, me dijeron que no. El problema es que, seguramente, yo fui de los pocos que preguntaron eso.

En México, particularmente en la Ciudad, hace 3 años, un diputado presentó una reforma, olvidada por cierto, en la que se prohibía el coaching coercitivo debido a que era el caldo de cultivo perfecto para estafar a miles de personas que atendiendo a su desesperación financiera, acceden a cualquier alternativa que vislumbre una mejora en las condiciones de su negocio. Es precisamente por ello, por el juego con la desesperación, crisis económica, falta de repunte del emprendimiento y confianza absoluta en esas personas, que este tema de los coaches, debe pasarse a la lupa jurídica y dejar los simples señalamientos sociales por el daño que generan en las personas.

Mano justa al coaching

Tan grave es el tema que tenemos muchos más coaches que personas licenciadas en Psicología, ya que mientras una carrera universitaria, sería, con respaldo metodológico y teórico dura 4 o 5 años, para ser coach bastan certificaciones de semanas, días o, incluso, horas, emitiendo, prácticamente una licencia para engañar.

Desde luego, no se estima que todos son iguales, sin embargo, es bueno plantearse la pregunta de ¿cuántos de esos coaches realmente saben que están timando a la gente y cuántos creen tener la capacidad para generar un cambio en sus contratantes? La respuesta que sea tiene como base el hecho de que, convencidos o no, la venta de expectativas no es ética ni moralmente aceptable.

Así que, cuando se sientan estafados en estos casos bien valdría la pena repensar el delito de fraude en toda su magnitud para sancionar a quien se aprovecha de las circunstancias de la gente que, con mucho esfuerzo, pagan esas cantidades en espera de vivir mejor, porque ya no es una cuestión de percepción sino de legalidad.

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