Ya decía yo que algo se me había olvidado para las y los lectores de este espacio, pero también resulta claro que no preguntan y así no hay coordinación. Luego de esta disculpa tóxica, me remonto a un tema que tiene que ver directamente con el interés de quienes acceden a esta lectura quincenal: la publicidad. Y es que cuando se trata de abogados, en los casos de mayor previsión, quienes se especializan en marketing se acercan a los conocedores del Derecho con una cuestión tan simple como qué puedo hacer y qué no puedo hacer como agencia publicitaria o como persona que se dedica a ello.
La infame ley de publicidad exterior
Hace algunos meses, particularmente el último día del periodo ordinario en el Congreso de la Ciudad de México se aprobó la nueva Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México, la cual surgió de la propuesta de la Jefa de Gobierno sin la posibilidad de que las y los legisladores fueran escuchados en las modificaciones. Sí, donde manda capitán…
Cuando se construye una ley siempre he considerado que el punto toral de una buena construcción normativa está en el hecho de partir que el legislador no es experto de nada y, si bien nos va, lo es exclusivamente del proceso legislativo, lo cual es sumamente cuestionable porque por la idea de representación no se exige preparación académica de ningún tipo para ser legislador de ningún nivel.
Expertos en nada
En realidad no pasa nada con la inexperiencia, el problema es la soberbia. Pónganse a pensar que si a ustedes les encomiendan hacer publicidad de un producto químico, lo mínimo que hacer es conocer a fondo el producto y escuchar a expertos en la materia a fin de evitar caer en una imprecisión o dejar de resaltar las bondades de lo que se está comercializando.
De ahí que resultaría lógico que al realizar una iniciativa relacionada con una ciencia o técnica, se tome primero la opinión de los expertos y no se deje al arbitrio de ocurrencias algo que será el soporte de sanciones, multas, reglas y objeciones. Resultaría extraño que se hiciera una norma que regule la Agencia Espacial Mexicana y no se escuche a especialistas en aeronáutica por decir lo menos.
Parlamento cerrado
De hecho, para poder crear mejores y más completas leyes, en los últimos años se ha incluido lo que se denomina Parlamento Abierto, que no es otra cosa que la realización de foros, seminarios, mesas de trabajo, entre legisladores y especialistas en la materia a regular para escuchar todas las voces, recoger las necesidades de regulación y hacer coherente una norma. Eso, el Parlamento Abierto, es el enemigo casado del autoritarismo y la vanidad política, porque si a un gobernante se le ocurre poner una multa millonaria a aquellos que no cuenten con una certificación en astronomía, le interesa el dinero y su imposición, pero no el hecho de que no haya una autoridad que certifique en la materia en nuestro país, por ejemplo.
Pues así pasó con la Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México, en el que se solicitó hacer foros y mesas de trabajo con especialistas, uniones de empresas, agencias de publicidad, académicos, etcétera, sin embargo, la urgencia por contar con una caja chica y una posibilidad de publicitar a modo de cara a las elecciones pudo más que la sensatez. Desde luego, si me equivoco, me encantaría que nos hicieran saber las y los lectores si alguien les hizo una pregunta siquiera respecto a si la propuesta era adecuada pasada por la lente de la experiencia y conocimiento.
Logros empañados
Dentro de los logros que se presumieron de la nueva Ley está que con ella se buscaba acabar con los anuncios no autorizados, evitar el riesgo de las viviendas que soportaban enormes estructuras de espectaculares, disminuir la contaminación visual, crear un padrón de empresas publicistas y sancionar los mensajes “sexistas” y “racistas”.
Con la entrada en vigor de la ley se deben retirar – a más tardar en un años – los espectaculares que están arriba de las viviendas por el riesgo que representan y, aquí viene lo bueno, la autoridad revisará otros tantos anuncios para ver si generan un riesgo y en caso de que consideren que sí lo hay se exigirá retirarlos. Así, discrecionalmente, así como normalmente funcionan las autoridades.
Ahora, en términos de las prohibiciones de anuncios no se podrán colocar en azoteas, espectaculares que les llamaron “autosoportados” inventándose términos, aquellos que les meten con sonido como los de Viaducto en los bajo puentes, las lonas amarradas o clavadas, los adheridos y los envolventes en las fachadas de los edificios, porque, se supone que eso genera contaminación visual, no como las bardas pintadas con mensajes de partidos políticos o de gobernantes que no gobiernan pero si buscan candidaturas.
Los drones e inflables publicitarios también se prohíben, así como la publicidad en espacios de conservación ambiental, la luminosa. Desde luego, no se permite publicidad, racista, sexista, indignos para las personas, que inciten a la violencia o que violen derechos humanos en general. Sí, todo a juicio de la autoridad que puede retirar un espectacular de un rival político porque le parece violatorio de derechos humanos.
La deathnote
Ah, por si fuera poco, la Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP) será la encargada de crear un padrón de empresas y publicistas que se dediquen a instalar este tipo de publicidad. Considerando lo que ha hecho hoy la ADIP, entonces tendremos una lista de amigos publicistas y enemigos propagandistas. Es conocer para castigar. No hay reservas de información, no hay obligaciones de resguardar datos personales, no hay consejos o comités que definan cuando algo viola la Ley y cuándo no.
De las multas y delitos ya ni hablamos porque la recaudación va a ser lo suficientemente jugosa para que esta Ley sea un sueño, al menos, para 2024. Ahora entiendo por qué tardé en darles la noticia, no soy bueno para dar malos augurios.