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¡Exprópiese!: la complejidad de la expropiación en México

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Ya saben que nunca falta el alarmista que conforme va viendo acontecimientos nacionales le agrega un poco más para hacer esa circunstancia un elemento más cercano a una catástrofe mundial, por lo que dados los primeros días del 2026 en los que marcaron un inicio peor que despertarse con alarma sísmica que más bien parece nuclear, se asume que nuestro país se encuentra en riesgo o, por lo menos, en una listita de naciones próximamente coloniales del imperio yanqui, pero antes, para llegar a ese punto se deben seguir otros aspectos como si de receta se tratara.

Llegó Donal Tron

Y es que con la captura (secuestro, retención ilegal, detención por crímenes o como se le quiera llamar según su postura ideológica) del ex presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, han resurgido imágenes de ese personaje y de su antecesor, Hugo Chávez, con medidas que anunciaban que se venían tiempos aciagos para varios sectores de la población.

Uno de ellos es aquel video en el que, en un simple recorrido en las calles venezolanas, el otrora dictador que inició todo, el Comandante Chávez, se detiene en una plaza pública arbolada rodeado de algunos de sus seguidores y equipo de trabajo y señalando algunos predios con tinte comercial preguntaba qué había en esos sitios para que, una vez atendida su pregunta dijera “exprópiese” como si se tratara de un mercado público eligiendo mercancía.

Barbas a remojar

Ello ha sido un tema recurrente en nuestro país desde el sexenio pasado porque sin que los mandatarios se refieran mucho a ello, algunos otros actores políticos irresponsables, mediáticos y escandalosos, sí han exigido al gobierno que expropie propiedades de personas que ni la deben ni la temen. En la materialidad, lo cierto es que no ha habido ese ritmo de expropiación, sin embargo, si se han expropiado algunos inmuebles, pero más producto de las obras del Gobierno en turno, por ejemplo, en zonas aledañas al Aeropuerto Felipe Ángeles y al Tren Maya.

Para quien tiene propiedades o negocios y que, además son pequeños o medianos empresarios, una expropiación puede ser un golpe duro y, dadas las circunstancias que vivió Venezuela y este aferramiento de equiparar esas circunstancias a las de nuestro país, se genera un temor grande al respecto, por lo tanto, es importante especificar qué es una expropiación y cómo funciona.

La expropiación a detalle

La expropiación es una forma de adquisición de la propiedad por parte del Estado, mediante la cual retira a un particular ese inmueble por causas de utilidad pública y mediante una indemnización, además de otros requisitos. Visto desde ese punto de vista tiene toda lógica, ya que, si se requiere de forma urgente hacer una obra pública súper necesaria, pero para ello la ampliación pasaría por unidades habitacionales, por encima del interés particular está el interés público, así que está bien retirar esas casas siempre y cuando se indemnice a esas personas.

De hecho, tan importante es la expropiación que se señala en la Constitución, particularmente en el artículo 27 cuando dice que “Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización” y, aunque no dice mucho más, ese artículo da a entender que la propiedad del territorio de forma originaria es del Estado, pero cede algunas partes para que las adquieran los particulares pudiendo cambiarse la modalidad de privado a público si existen las condiciones para ello.

Los detalles evidentemente no aparecen en la Constitución, sin embargo, existe una Ley de Expropiación que data de 1936, es decir, no es nada nuevo para que no se empiece con suspicacias. Ahí, para empezar se desarrollan cuáles son las causas que se consideran de utilidad pública entre la que se encuentran: establecer o conservar un servicio público; crear calles o calzadas; construir infraestructura pública; construir bienes públicos como parques, jardines, embellecer zonas, ampliar puertos o aeropuertos e, incluso, construir oficinas de gobierno; elementos para conservar la paz pública en caso de un conflicto armado; la defensa de zonas o bienes naturales; crear mejores centros de población; entre otras cosas.

Si bien se detallan algunos otros elementos, el punto de la indemnización es toral, ya que, durante muchos años se discutió al respecto siendo en 1938 y posteriores en que surtió efecto la expropiación petrolera en las que los análisis tendían a echar para atrás los decretos expropiatorios, ya que, si revisamos la Ley, hay todo un proceso para poder expropiar, siendo la indemnización uno de los pasos fundamentales.

En la indemnización todavía existen discrepancias respecto a la validez del avalúo que se hace del bien, por lo que existen instrumentos para controvertir ese valoración que hace el gobierno y, además, se pone sobre la mesa la discusión respecto a que la indemnización debe pagarse al mismo momento en que se expropia a pesar de que hay criterios que señalan que, en ocasiones, el gobierno no tendrá suficiencia presupuestal y resulta que la expropiación es urgente, por lo que se permita que se pague después de la adjudicación del bien, lo cual si lo vemos ya en concreto sería un golpe muy fuerte para el propietario.

Exprópiense

Desde luego este es un tema para muchos abogados apasionante por la defensa de estos asuntos. Pero también nos clarifica que un proceso de expropiación no es tan simple como parece en el video de Hugo Chávez, sin embargo, sí puede llegar a existir un riesgo cuando se lastimen las instituciones y se coopte el poder judicial de un país por ejemplo, ya que ello implicaría tener el camino pavimentado para cometer arbitrariedades.

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Kair Arafat Vela Meza

Socio Fundador despacho IRKA ARVE

Licenciado en Derecho y en Ciencias de la Comunicación de la UNAM con Especialidad en Derecho Fiscal y Maestría en Derecho Penal. Consultor de empresas como socio fundador del Despacho IRKA ARVE, Consultora de Soluciones Jurídicas y profesor en varias instituciones. Apasionado del litigio y de la asesoría legislativa.

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