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¿No que ya se nos iba el Morita a las grandes ligas?

Aún queda un poquito de la fiebre del mundial, sobre todo la decepción de que ya acabó y esa costumbre que teníamos de ver hasta 4 partidos en un día nos dejó desamparados teniendo que poner atención plena a nuestras ocupaciones como si el trabajo fuera tan divertido como ver a los caboverdianos gestando partidos históricos llenos de emotividad.

Sin embargo, ante esa crisis de abstinencia futbolística nos tenemos que conformar con ver la Liga mexicana o del país donde nos encontremos, con todas las limitaciones y nivel ínfimo que ello implica, ya que, a pesar de la gran comunión con nuestra Selección Nacional, la vuelta a la realidad es complicada cuando vemos crasos errores.

Pero aún así el clavarnos con el fut nos deja enseñanzas o ejemplos para explicar aspectos legales, que si bien no tienen una relación tan directa con la normatividad del país, es decir las normas legales, constitucionales o reglamentarias emanadas del Congreso, si nos deja ver cómo funciona la FIFA en determinados aspectos que, desde luego, irradian a la reglamentación de las Ligas locales, además que se hacen a la luz de consideraciones del Derecho Internacional sobre el tratamiento de unos casos.

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¿NO QUE YA SE IBA EL MORITA?

Esta vez vamos a echar mano del nuevo ídolo mexicano: Gilberto Mora, mejor conocido como “Morita”, al ser la gran revelación del torneo por ser el jugador más joven dentro de la competencia y el único que antes de los 18 años disputó segunda fase en un mundial; el primero fue nada más y nada menos que Edson Arantes Do Nascimento “Pelé”.

De pronto cuando se acabó toda la algarabía mundialista y las loas de entrenadores y jugadores de otros países para con Gil Mora, lo vimos de regreso en el entrenamiento y luego en la cancha de su equipo los Xolos de Tijuana, donde incluso marcó un gol en la segunda jornada dándole el triunfo al “xolaje”.

Pero la pregunta de todos aquellos no especialistas en el fútbol fue ¿pues no que era tan bueno y lo querían equipos del extranjero?

O SEA SÍ, PERO NO

La respuesta tiene consideraciones normativas, lo cual no pasa con los otros 5 o 6 jugadores mexicanos que también según tendrían miles de ofertas y todos se regresaron de donde vinieron, es decir, a sus clubes donde ya estaban antes del mundial o, en unos casos, hasta los repatriaron a nuestro país.

El caso de nuestro “Morita” nos hace pensar en dos aspectos que la FIFA ha tratado de implementar cuando se trata de menores: uno respecto a las transferencias internacionales precisamente y otro respecto a la publicidad que se porta en las camisetas del fútbol que están más rayadas que un baño de gasolinera.

Por un lado tenemos el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (el cual ha cambiado con el paso de los años porque, aunque prevalecen esas conductas, las transferencias daban visos de esclavismo porque a los jugadores no se les preguntaba a qué equipo querían irse) cuyas normas se replican en el Reglamento de la Liga Mexicana.

Morita

MENORES EN CASA

En ese Reglamento se especifica, además del tiempo máximo que deben ser los contratos de menores de edad, la restricción respecto a las transferencias internacionales. Es decir, de forma general, el artículo 19 señala que no se pueden dar transferencias internacionales de menores de 18 años a menos que se encuentre en un supuesto de excepción.

Esos supuestos son 5: si los padres cambian su residencia al país donde lo quieren contratar siempre y cuando no lo hagan por razones de futbol; la transferencia se hace dentro de la Unión Europea y el club a donde llega debe cumplir ciertas condiciones; cuando la distancia entre la casa del jugador y la frontera del país a donde llega es de 50 kilómetros y de la frontera a la ciudad del club que lo contrata es de 50 kilómetros, es decir, un máximo de 100 kilómetros entre su lugar de origen y la ciudad del club; porque el jugador se encuentra en vulnerabilidad en su país de origen y que se mude a ese país por razones académicas.

Dadas esas circunstancias Gilberto Mora no puede ser transferido a un equipo extranjero porque no se encuentra en esos supuestos.

PLAYERAS CENSURADAS

Por otro lado, hemos visto a Gil con playeras diferentes al resto de sus compañeros en los Xolos, a quienes patrocina una casa de apuestas con el logo al frente y tampoco lo vimos participar en publicidad de bebidas alcohólicas.

Ello es así porque el Reglamento de la categoría Sub 19 de la Liga Mexicana (curiosamente no el de la Liga en la Primera División) señala que los jugadores pueden portar publicidad en sus playeras siempre y cuando no sea de bebidas alcohólicas o casas de apuestas en el entendido que se encuentran como menores de edad o en el límite de la mayoría. Razón por la cual las playeras de los jóvenes, normalmente debutantes, no tienen esas publicidades en las playeras, ya que, incluso, eso podría trascender a una sanción en materia de la legislación laboral.

Si bien la reglamentación y actuación de FIFA ha sido severamente cuestionada, la reglamentación ha dio avanzando un poco más por la presión social que por otra cosa. En otros casos resulta absurda o redundante cuando es un negocio que se nutre de ingresos dudosos.

Kair Arafat Vela Meza

Socio Fundador despacho IRKA ARVE

Licenciado en Derecho y en Ciencias de la Comunicación de la UNAM con Especialidad en Derecho Fiscal y Maestría en Derecho Penal. Consultor de empresas como socio fundador del Despacho IRKA ARVE, Consultora de Soluciones Jurídicas y profesor en varias instituciones. Apasionado del litigio y de la asesoría legislativa.

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