Protege tu marca, protege tu inversión

Hace algunos días tuvimos la oportunidad de presentar una plática para una institución educativa, en la cual nos referimos a aspectos de Propiedad Intelectual. Ese tema ha sido tocado en alguna entrega anterior en esta columna y, como les dije en ese momento, era imposible abarcar una cantidad significativa de esos tópicos por lo extenso del tema.

Así que en este caso tomaremos otros tres elementos fundamentales en la materia que les van a dar luz sobre la importancia de registrar sus marcas y patentes cuando las desarrolles. Esa importancia va más allá de un aspecto emocional subjetivo, es decir, no es porque quieran mucho sus marcas y no quieran que se las roben, sino porque las marcas implican una inversión y, en términos contables más concretos, una marca se convierte en un activo intangible de la empresa.

De hecho, ante algún incumplimiento decretado por una autoridad jurisdiccional, al deudor se ele embargan bienes. Ese embargo naturalmente lo vinculamos a bienes inmuebles y cuentas bancarias, sin embargo, existe la posibilidad también de embargar una marca con todo lo que ello implica para la operación de una compañía. Atendiendo a esa enorme relevancia, esta vez tocaremos los puntos del registro de marca internacional, de las sanciones que marca la Ley y de lo que es una prioridad.

LA EXPANSIÓN PROTEGIDA

El registro de marca tiene efectos para nuestro país, es decir, somos los titulares de la marca en territorio nacional, por lo que puede existir una similar o idéntica en otro país. Ello tiene lógica y para los emprendedores no representa ningún problema, sin embargo, a veces el crecimiento nos sorprende. Nuestro producto ha sido bien aceptado en nuestra región programada pero, por una u otra razón, es requerido en otro país o, simplemente, nuestro análisis de mercado nos indica que pudiera obtener ganancias en otros países.

En efecto, una marca puede registrarse a nivel internacional con la facilidad de que el tratarse de un tema regulado a nivel mundial, se puede hacer desde territorio nacional. Para ello, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, establece que el registro de marca internacional se solicita en el país sede, especificando en cuales países se pretende hacer valer ese registro. Es decir, si quieren que su marca sea registrada en Alemania, Francia, Australia e Indonesia, se debe señalar.

En realidad, el trámite es muy similar al nacional variando en los costos. Ya que mientras en México, para 2021, los derechos por un registro de marca se encuentran cercanos a los 4 mil 500 pesos, para el registro internacional a través del Protocolo de Madrid es de 653 francos suizos o 903 francos suizos cuando se trata de una marca de color; pero ese sólo es el costo base, ya que se pagan derechos adicionales por cada categoría en la que se registre y cada país por el que se elija. Esto quiere decir que además de los 653 francos suizos, se pueden agregar 200 más por dos categorías y 150 por cada país.

Ello, desde luego, depende de nuestra estrategia comercial. Es aquí donde se vincula un tema relevante que es el de las prioridades.

ES MÍA AQUÍ, ES MÍA EN CHINA

En ocasiones, cuando trabajamos una marca y la creamos sacándola al mercado, creemos que no es necesario registrarla porque, además, implica gastar en abogados. En ese momento de indecisión se gestan una cantidad impresionante de historias en donde las marcas se pierden porque alguien más aprovechó esa indecisión para registrarlas a su nombre y apropiarse del posicionamiento comercial que ustedes ya tenían.

Aunque pareciera, no todo está perdido. A través de un procedimiento administrativo, podemos demostrar que nosotros ya usábamos esa marca a nivel comercial y era públicamente conocida antes de que esa persona o grupo de personas lo registrara. Para evidenciar eso tenemos que demostrar lo que se denomina prioridades.

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Esas prioridades se prueban con elementos que, de forma indubitable, señalen al IIMPI o al Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que nosotros somos titulares de esas marcas desde tiempo atrás. Las pruebas idóneas son facturas, volantes, tarjetas de presentación, páginas de internet y cualquier otro elemento material que evidencie que antes del registro ya se usaba, lo cual nos puede dar la titularidad de la marca. Desde luego, esas prioridades, en un contexto internacional como el que ya señalábamos es fundamental y, por ello, el registro de marca a nivel nacional sirve como prueba para demostrar la prioridad a nivel internacional.

EL DINERO O LA LIBERTAD

Cuando hablamos de sanciones, debemos ser muy cuidadosos, porque la ley que se aprobó apenas el año pasado endureció las sanciones para quien utilice marcas indebidamente o revele secretos industriales. Así que olvídense en que si ustedes vulneran este tipo de elementos la sanción va a ser fácilmente superable.

Aún cuando el régimen sancionatorio es más complejo, podemos resumir las sanciones de la siguiente manera:

– Clausura temporal o definitiva de la negociación.

– Pagar una multa al IMPI hasta por el importe de doscientas cincuenta mil unidades de medida y actualización (al 2021 sería de 22 millones 405 mil pesos).

– En caso de que se use una marca registrada sin autorización, al titular de esta se le tendrá que pagar hasta el 40 por ciento del indicador de valor legítimo presentado por el titular afectado.

– Prisión de 2 a 10 años.

Así, el registro y uso de marcas tiene doble importancia: por un lado proteger nuestra inversión y, por otro, evitar sanciones que, sin duda, pueden acabar con nuestras aspiraciones empresariales.

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