A partir del 23 de marzo, las instituciones bancarias donde tengas una cuenta o donde pretendas abrirla tienen la obligación de solicitarte datos biométricos, como huellas dactilares, el registro de tu voz y el reconocimiento facial, además de la geolocalización en tiempo real del celular en el cual realizas operaciones.
¿Suena invasivo?, sí. ¿Es legal?, sí. En 2018 nuestros legisladores decidieron aprobar modificaciones a la Ley de Instituciones de Crédito.
Por esa razón, los bancos ahora están obligados, a través de la Comisión Nacional Bancaria de Valores, a solicitar estos datos a sus clientes.
El argumento principal, que justifica las modificaciones a esa ley, es que México es el octavo país en robo de identidad, y la intención es, precisamente, cerrar la posibilidad de que ese delito se cometa con facilidad y, paralelamente, ubicar operaciones de lavado de dinero.
Lo anterior implica que, cada vez que vayas a realizar una transacción superior a 9 mil pesos, por ejemplo, tengas que identificarte con tus huellas dactilares, rostro y/o voz. Al ser datos únicos e irrepetibles, se garantizaría que nadie más esté usurpando tu lugar para cometer algún fraude.
En apariencia suena bien, pero lo cierto es que no deja de inquietar el hecho de tener un ojo encima cada vez que se quiera realizar una transacción, y sentirse vigilado por hacer uso de los propios recursos, bien habidos como a uno le dé la gana.
No puede ignorarse el doble filo de esta medida, por más buena intención y protección que pretenda.
Por un lado, está el carácter obligatorio de brindar datos personales a una institución privada, porque ni siquiera se trata de dárselos al Estado.
Por el otro, el hecho de que nuestra información queda a merced de la ética de los bancos, que para nadie es secreto, resulta bastante cuestionable.
El otro tema de fondo, se refiere a tener que brindar nuestra ubicación, que ahora es un nuevo candado para autorizar las transacciones.
Aunque no nos guste, nos incomode y lo percibamos, más que como ley que protege y garantiza, como violación a la privacidad, tendremos que brindar nuestra ubicación si queremos efectuar una operación a través de una aplicación móvil.
Pero bueno, ahí está la ley, que como trasfondo ofrecerá a los bancos información sobre las ubicaciones de sus deudores, aunque se supone que no deberán usar la información para esos fines.
La pregunta es ¿cómo le harán los bancos entonces, para cerrar los ojos ante la información que requieren y que ahora les llegará por vía del propio usuario por mandato legal?
Tampoco puede dejar de tenerse en cuenta que otras instituciones o firmas privadas querrán seguir el ejemplo, e imitar esos métodos y requerimientos, a fin de mostrar que pueden salvaguardar a sus usuarios ante posibles robos de identidad.
La realidad nos alcanzó. Estamos siendo vigilados 24/7.
Al final, bastará con que se dé a firmar el cliente una hoja con letras pequeñas en la que se lea “Aviso de Privacidad”, la que seguramente el cliente, en su prisa diaria, firmará sin siquiera leer un párrafo.
Sin duda, asistimos a un cambio en la cultura del uso de nuestros datos, de los métodos de identificación, de los modos de protección contra el ciberdelito.
Nos tomará un tiempo discernir esa transición, donde la privacidad parece ser anulada bajo nuestra propia rúbrica, y el individuo una pieza de ajedrez que alguien más juega. A ti, ¿qué te parece?