1. Home
  2. »
  3. Columnistas
  4. »
  5. Basura electoral, millones de pesos despilfarrados

Basura electoral, millones de pesos despilfarrados

En mi columna anterior, El futuro del marketing en las ciudades inteligentes hablaba de la contaminación visual exterior y la enorme cantidad de basura que produce la propaganda en los periodos electorales en México. Resulta sumamente vergonzoso, inconcebible y obsoleto que, con tantas iniciativas y opciones sustentables actuales, los partidos políticos y sus candidatos sigan tapizando las calles con carteles, espectaculares y panfletos elaborados con materiales no reciclables como el plástico y el PVC que son altamente contaminantes y que saturen los espacios públicos con sus caras, sin mostrar propuestas claras de cómo podrían contribuir a la mejora de nuestros entornos. Por ejemplo, en este meme que circula actualmente en redes sociales, los ciudadanos expresan: “Y si en vez de colgar lonas, mejor tapan los baches y ya si quieren, le dibujan el logo del partido que tapó cada hoyo. Así sabremos quién hizo más por nosotros”

basura electoral en facebook

Lo más lamentable es que las leyes escritas de nuestro país sí contemplan la regulación y cuidado del medio ambiente al realizar las campañas políticas, pero los partidos deciden hacer caso omiso de ellas o están dispuestos a pagar las multas que de esas faltas deriven con tal de que sus nombres y sus rostros se queden grabados en la mente de los ciudadanos aun cuando generan miles de toneladas de basura no reciclable.

Las leyes que los partidos no consideran en la publicidad exterior

La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente de los Estados Unidos Mexicanos[1] publicada en 1988 se refiere a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente para garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente sano para su desarrollo, salud y bienestar”, es claro que la excesiva cantidad de anuncios propagandísticos uno sobre otro en cada poste o rincón de los pueblas y las ciudades en poco contribuyen a dicho equilibrio.

Mientras que el artículo 64 de la Ley General de Partidos Políticos[2], señala que se entiende por propaganda en vía pública aquella que se contrate o difunda en espectaculares, buzones, cajas de luz, carteleras, marquesinas, muebles urbanos de publicidad con o sin movimiento, muros, panorámicos, para buses, puentes, vallas, vehículos o cualquier otro medio similar. Mismas que deben considerar regulaciones básicas para su fabricación, colocación y retiro:

En cuanto a su fabricación, el artículo 209 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales[3] indica que “la propaganda electoral impresa (…) deberá ser reciclable, fabricada con materiales textiles o biodegradables que no contengan sustancias tóxicas o nocivas para la salud o el medio ambiente. Los partidos políticos y candidatos independientes deberán presentar un plan de reciclaje de la propaganda que utilizarán durante su campaña”. Al respecto, no tengo pruebas, pero tampoco tengo dudas de que ningún partido presenta dicho plan de reciclaje y que no se ajustan a los reglamentos de fabricación sustentable (reducida, reciclable y/o reutilizable).

En cuanto a la exposición, dicha ley indica que: “No podrá colgarse en elementos del equipamiento urbano, ni obstaculizar en forma alguna la visibilidad de los señalamientos que permiten a las personas transitar y orientarse dentro de los centros de población. Las autoridades electorales competentes ordenarán el retiro de la propaganda electoral contraria a esta norma” así como “La distribución o colocación de la propaganda electoral deberá respetar los tiempos legales que se establezcan para cada caso, su retiro o fin de su distribución deberá efectuarse tres días antes de la Jornada Electoral, es decir, durante la veda electoral, entendida como el conjunto de medidas que tienen el objetivo de generar condiciones para que la ciudadanía reflexione el sentido de su voto en libertad”.

Me da mucha risa, este último apartado acerca de la obstaculización de la visibilidad y el retiro de la propaganda tres días antes de las elecciones, porque ninguna de las dos realmente se cumple, así podemos encontrar puentes peatonales o postes tapizados y encimados entre candidatos de todos los partidos, así como montañas de anuncios que fueron arrancados por los opositores tirados en el suelo, en los camellones o tapando las coladeras. Así mismo, es muy común que en México todavía se puedan encontrar bardas pintadas de elecciones que tuvieron lugar hace más de 20 años, al respecto, es curioso como en tiempos electorales sí pueden llegar a los pueblitos más recónditos para poner sus anuncios, pero una vez pasadas las elecciones no hay manera de que puedan llevar a las poblaciones servicios básicos como agua, electricidad o medicinas.

Urge una reforma estructural en materia de propaganda exterior

Es evidente que de nada han servido las leyes para cuidar el manejo de los materiales empleados en los anuncios, mantas, lonas, bardas y carteles propagandísticos en los espacios públicos exteriores de nuestro país y que urge que se regule la manera en la que los candidatos se dan a conocer. Por ejemplo, debería estar prohibido la generación de publicidad impresa de cualquier tipo y limitarse únicamente al empleo de Internet, redes sociales, radio, televisión y hasta pantallas de LED, para evitar que toda esta enorme cantidad de basura electoral siga generando contaminación visual y física en la vía pública, así como millones de pesos literalmente tirados a la basura.

Marketing Mix Modeling (MMM) | Rodrigo Martin & Moisés Maislin & Hans Hatch

En fin, sin duda hace falta que hagamos una conciencia ciudadana para exigir a los partidos políticos que dejen de despilfarrar nuestros impuestos en basura con los rostros de sus candidatos impresos, porque no nos interesa su imagen física sino el servicio y compromiso que puedan aportar a la sociedad.

¡Hasta la próxima!


[1] Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente de los Estados Unidos Mexicanos https://www.gob.mx/profepa/documentos/ley-general-del-equilibrio-ecologico-y-la-proteccion-al-ambiente-63043

[2] Ley General de Partidos Políticos https://www.gob.mx/segob/documentos/ley-general-de-partidos-politicos

[3] Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales https://www.gob.mx/segob/

documentos/ley-general-de-instituciones-y-procedimientos-electorales

TAGS:

COMPARTIR ARTÍCULO

Facebook
Twitter
Telegram
WhatsApp

DEJAR UN COMENTARIO

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

ARTÍCULOS RELACIONADOS